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Jubilación pospuesta de FERS

by | 6 de mayo de 2025 | Rincón Jurídico Federal, Jubilación/Indemnización

Ahora que muchos empleados federales se enfrentan a la perspectiva de solicitar su jubilación antes de lo previsto debido a las continuas reducciones de personal en el sector federal (RIF) y a los programas de renuncia diferida, un debate sobre cómo funciona la jubilación pospuesta del FERS es potencialmente oportuno. 

Muchos empleados federales cubiertos por el sistema de jubilación FERS conocen los requisitos básicos para solicitar la jubilación. Los empleados con 5 años de servicio civil acreditable y mayores de 62 años pueden solicitar la jubilación inmediata. Los empleados mayores de 60 años con 20 años de servicio, o que hayan superado la edad mínima de jubilación (MRA) (que varía entre 55 y 57 años, según su año de nacimiento) y tengan 30 años de servicio, también pueden solicitar la jubilación inmediata sin que se reduzca el monto de su pensión FERS por jubilarse antes de los 62 años. Los empleados pueden solicitar la jubilación anticipada aceptando la oferta de la Autoridad Voluntaria de Jubilación Anticipada (VERA) de su agencia si son mayores de 50 años con 20 años de servicio, o con 25 años de servicio a cualquier edad. Los empleados también pueden solicitar la jubilación anticipada FERS (en la modalidad conocida como "jubilación por interrupción del servicio" o "DSR") si son dados de baja involuntariamente por una razón no disciplinaria (como una RIF) y cumplen los mismos criterios de edad y servicio. Los empleados con más de 18 meses de servicio que sufran una discapacidad durante su servicio civil federal pueden solicitar la jubilación por discapacidad FERS. Ciertas ocupaciones (por ejemplo, fuerzas del orden, bomberos y controladores aéreos) tienen requisitos especiales para la jubilación anticipada. 

Los más cruciales para la presente discusión son “MRA+10” y “jubilación diferida”. Para la jubilación MRA+10, un empleado que ha alcanzado la MRA y tiene 10 años de servicio, pero no ha cumplido los 62 años, puede jubilarse con jubilación inmediata, con una reducción prorrateada del 5%/año en la anualidad por cada año que se jubiló antes de los 62 años. Si un empleado se separa del servicio con suficiente servicio para calificar posteriormente para una anualidad, pero no tiene la edad suficiente para reclamar la jubilación inmediata, puede solicitar posteriormente la “jubilación diferida”, si (a) tiene 62 años de servicio previo, (b) MRA con 5 años de servicio, o (c) MRA con 30 años de servicio (con la reducción de la anualidad del 10%/año aplicada). Sin embargo, un solicitante que solo se jubila con jubilación diferida pierde su capacidad de conservar su Beneficios federales de salud FEHB, Seguro de vida FEGLI   Seguro dental y de la vista FEDVIP Al jubilarse, como ya se comentó en este blog. ¿Existe entonces alguna manera de que un empleado con derecho a MRA+10 al momento de la separación conserve sus beneficios al jubilarse sin una reducción del 5% anual en su anualidad? La respuesta es sí, mediante la solicitud de FERS.jubilación pospuesta."  

Para solicitar la jubilación aplazada, el empleado presenta una solicitud de jubilación utilizando el Formulario de jubilación para jubilación diferida y pospuesta (Formulario RI 92-19), No  El formulario de solicitud de jubilación inmediata de FERS (SF-3017). El solicitante especifica en el formulario el mes y año en que desea que comience a pagarse la anualidad, que debe fijarse al menos un mes después de la fecha de separación y, a más tardar, el primer día del mes en que el empleado cumpla 62 años (y preferiblemente, con más de dos días de antelación a su fecha de nacimiento). Mientras la pensión esté aplazada, el empleado no recibirá la anualidad de FERS ni podrá conservar la cobertura de FEHB, FEGLI ni la de FEDVIP como si fuera un jubilado (aunque puede inscribirse en la Continuación Temporal de Cobertura (TCC) de FEHB o convertir su FEGLI en una póliza individual para cubrir parte del período provisional). Una vez que comience la anualidad aplazada, el beneficiario podrá reinscribirse en FEHB, FELGI y FEDVIP. El monto de la reducción de la pensión aplazada por jubilarse antes de los 2 años se prorratea, no según la fecha de solicitud de jubilación, sino según el inicio del pago de la anualidad aplazada solicitada. Como indica la OPM en las instrucciones del Formulario RI 62-92: «Puede evitar la reducción por edad por completo si elige el primer día del mes en que cumpla 19 años como fecha de inicio de su anualidad. La reducción por edad no aplica si su anualidad comienza el primer día del mes posterior a los 62 años».th “Cumpleaños y tienes al menos 20 años de servicio”.  

Sin embargo, es muy importante que el solicitante No  establecer la fecha de inicio de la anualidad después de los 62 añosnd cumpleaños—como cuentas de prensaadvertirHacerlo es un error y convertiría la solicitud de jubilación pospuesta en una solicitud de jubilación diferida, lo que le costaría al solicitante la posibilidad de volver a inscribirse en FEHB, FEGLI y FEDVIP.  

Si usted es un empleado federal que está considerando sus opciones de jubilación de FERS y desea analizar sus derechos, considere comunicarse con Gilbert Employment Law paraSolicitar una consulta inicial.