La EEOC otorga $75,000 en daños y perjuicios
En Coffee v. US Department of Defense, Apelación EEOC No. 0720090012 (13 de marzo de 2009), la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo revocó la orden final de la agencia y confirmó la adjudicación de un juez administrativo de $75,000 en daños no pecuniarios por angustia emocional sufrida debido al acoso racial por parte de un compañero de trabajo.
La demandante era una agente de transporte de material en el Depósito del Ejército de Red River, en Texarkana, Texas. El juez administrativo determinó que la agencia había cometido discriminación racial contra la demandante al no responder a sus acusaciones de acoso por parte de sus compañeros de trabajo durante una misión temporal de tres meses en Fort Knox, Kentucky, y al regresar a su destino permanente. Entre otras cosas, el juez administrativo le otorgó a la demandante 75,000 dólares en daños y perjuicios por angustia emocional. En su orden final y en la apelación, la agencia sólo impugnó el monto de la indemnización por considerarlo excesivo.
La Comisión explicó que para que se otorgue una indemnización por daños no pecuniarios, la demandante debe presentar pruebas que demuestren que la conducta discriminatoria de la agencia fue la causa inmediata de su sufrimiento emocional. La Comisión encontró pruebas sustanciales para respaldar la conclusión del juez administrativo de que la demandante había establecido un nexo entre el daño sufrido y las acciones discriminatorias probadas con base en las declaraciones de la demandante, su hija, sus amigos y sus peluqueros. Además, la Comisión sostuvo que las pruebas de la demandante eran suficientes para respaldar una indemnización de $75,000 en daños por sufrimiento emocional a pesar de la existencia de “muy poca documentación médica para establecer que la demandante sufrió un daño emocional significativo”.
La Comisión también escribió que el monto de cualquier indemnización por angustia emocional debe ajustarse a los daños reales sufridos. La Comisión consideró que la conducta de la agencia fue escandalosa porque no tomó ninguna medida correctiva una vez que se le notificó de las acusaciones de la demandante sobre un ambiente de trabajo hostil, como lo exigen las regulaciones de la EEOC. La Comisión consideró que la cantidad de $75,000 era apropiada a la luz de la inacción de la agencia, la separación de la demandante de su familia mientras estaba en una asignación temporal y el hecho de que la demandante había vivido en una habitación de hotel junto al compañero de trabajo acosador.
La decisión vuelve a poner de relieve el principio de que la justificación de indemnizaciones sustanciales por daños emocionales no se limita a una abundancia de documentación médica. Más bien, a veces la prueba más importante puede ser simplemente las declaraciones de otras personas, en particular la del demandante. El poder del testimonio del demandante no se puede subestimar.

