Presunta discriminación en la no selección
La Oficina de Operaciones Federales (OFO), EEOC, revocó la decisión de su juez administrativo (AJ) en apelación y sostuvo que había otorgado incorrectamente un juicio sumario a la agencia en Price v. Dept. of Transportation (Federal Aviation Administration), Apelación No. 0120070693 (8/29/08). El caso surgió como resultado de la determinación del Asesor Jurídico Principal de la FAA de promover a los abogados dentro de la agencia. Se invitó a los Asesores Jurídicos Principales Regionales, Centrales y Asistentes a presentar un abogado para su promoción. En octubre de 2004, el Asesor Jurídico Principal anunció la promoción de 13 abogados al puesto de Abogado Principal. El Asesor Jurídico Regional del Suroeste recomendó a dos abogados, incluido el demandante, pero ninguno fue promovido.
Sin embargo, el demandante no se enteró de que “se había tomado una decisión final de selección” hasta el 10 de enero de 2005, cuando el Asesor Jurídico Principal “rechazó la solicitud del supervisor para la selección del demandante”. La EEOC no estuvo de acuerdo con el AJ, y determinó que el contacto de la EEO del 16 de febrero de 2005 del demandante fue oportuno “debido a la informalidad del proceso de selección y a la apariencia en octubre de 2004 de que todavía estaba pendiente una decisión concluyente”. Por lo tanto, la OFO determinó que la fecha de octubre no era “determinante de cuándo el demandante debería haber sospechado razonablemente que se había producido discriminación” porque “la decisión de selección no era definitiva.
La OFO determinó que el AJ analizó incorrectamente los comparadores al centrarse en el colega que tampoco fue promovido. El “AJ cometió un error porque en una reclamación por no selección, la atención debe centrarse en los seleccionados para el puesto y en si su trato en relación con el demandante plantea una inferencia de discriminación”. La OFO encontró que el expediente “es totalmente inadecuado en cuanto a cuáles fueron exactamente las bases protegidas de los seleccionados”. La OFO continuó encontrando que hay “hechos materiales en disputa que hacen que una decisión sin una audiencia sea inapropiada” porque los funcionarios encargados de la selección no estaban de acuerdo sobre las razones de la no selección del demandante. “Las razones contradictorias de los que toman las decisiones para su decisión ponen en disputa hechos materiales.
La Comisión también señaló que “una de las conclusiones de hecho del AJ no está respaldada por el expediente” y destacó que “el AJ debe evaluar los testimonios de los testigos para determinar la verdad detrás de por qué el demandante no fue seleccionado para el ascenso”. Por lo tanto, la OFO revocó la desestimación de la demanda por el motivo de contacto EEO inoportuno, anuló la orden al no encontrar discriminación y remitió la demanda al AJ “para que lleve a cabo una audiencia y emita juicios de credibilidad antes de fallar a favor de alguna de las partes”. El demandante está representado por Edward H. Passman.

