Retirada del compromiso de jubilación
En Douglas v. Department of Defense, 2008 MSPB 48 (3/5/08), el apelante trabajaba en una instalación del Servicio de Finanzas y Contabilidad de Defensa (DFAS) en Norfolk, Virginia, que estaba programada para cerrar. La agencia informó a los empleados que eran elegibles para la jubilación que podían jubilarse con una indemnización por despido en virtud de los términos del VSIP. La agencia exigió a quienes eligieron el VSIP que firmaran un acuerdo VSIP a más tardar el 15 de septiembre de 2006. El apelante eligió jubilarse y firmó el acuerdo VSIP el 31 de agosto de 2006. Luego, el 18 de septiembre de 2006, solo tres días después del cierre de la elegibilidad para el VSIP, la agencia anunció que mantendría 15 puestos.
La apelante intentó retirar su acuerdo de jubilación y, en su lugar, competir por un puesto restante, pero la agencia se negó. La apelante presentó una apelación ante la Junta después de que la separaron, alegando que su jubilación fue involuntaria. La apelante sostuvo que si hubiera sabido que se conservarían 15 puestos en Norfolk DFAS a través del proceso RIF, "no habría elegido jubilarse y habría tenido suficiente antigüedad para haber obtenido un puesto a través del RIF". La apelante afirmó que "[i]nducir una jubilación basándose en información incompleta o inexacta hace que [su] decisión de jubilación sea involuntaria".
El juez administrativo (AJ) ordenó a la apelante que presentara pruebas de que su apelación se encuentra dentro de la jurisdicción de la Junta, ya que la Junta generalmente carece de jurisdicción sobre acciones iniciadas por empleados, como una jubilación voluntaria. El AJ determinó que la apelante no había presentado una alegación no frívola de que su jubilación fue involuntaria y desestimó la apelación.
El Circuito Federal sostuvo anteriormente que si un empleado solicita retirar su compromiso de jubilación y la agencia rechaza indebidamente la solicitud, la separación del empleado es involuntaria. Véase Green v. General Services Administration, 220 F.3d 1313, 1316 (Fed.Cir.2000). Por lo tanto, la Junta determinó que, dadas las circunstancias de este caso, la apelante hizo una alegación no frívola de que una persona razonable habría sido engañada por la agencia y que la Junta tiene jurisdicción sobre su apelación.
Además, la Junta señaló que ha sostenido sistemáticamente que cuando un empleado retira su compromiso de jubilación antes de su fecha de entrada en vigor, incluso si se acordó previamente mediante un acuerdo VSIP válido, la agencia tiene la carga de demostrar una razón válida para negarse a permitir la retirada. Véase, por ejemplo, Perrine, 81 MSPR 155, ¶ 11 (1999). En ausencia de una razón válida, la separación del empleado se considera involuntaria.
El presidente de la junta, Neil AG McPhie, disintió con el argumento de que la mayoría ignoró otra parte de la decisión del Circuito Federal en Green, es decir, que un acuerdo formal para separarse del gobierno en una fecha específica, respaldado por una contraprestación, es una razón válida para que una agencia deniegue la solicitud de un empleado de retirar su renuncia. McPhie determinó en este caso que, debido a que ella había celebrado voluntariamente un acuerdo escrito con la agencia para separarse en una fecha determinada a cambio de un pago único, la denegación por parte de la agencia de su solicitud de retirar su compromiso de jubilarse era válida.

