Elecciones sindicales sin derecho a negociación
En el caso del Departamento de Seguridad Nacional y la AFGE y el NTEU, 65 FLRA No. 53, 65 FLRA 242 (12 de noviembre de 2010), la Autoridad Federal de Relaciones Laborales (FLRA), en una decisión por 2 a 1, despejó el camino para que los inspectores de equipaje de la TSA realicen una elección para decidir si desean ser representados por un sindicato y, en caso afirmativo, elegir entre la Federación Estadounidense de Empleados del Gobierno (AFGE) y el Sindicato Nacional de Empleados del Tesoro (NTEU). Este caso sienta precedente porque los empleados de la TSA no gozan de derechos de "negociación colectiva" incluso si eligen ser representados por un sindicato.
Tanto la AFGE como la NTEU presentaron peticiones para solicitar a la FLRA que llevara a cabo una elección para ver si los inspectores de equipaje de la TSA deseaban estar representados por un sindicato. Según los procedimientos de la FLRA, la decisión sobre si se han cumplido los requisitos legales para llevar a cabo una elección la toma uno de los directores regionales de la FLRA. En este caso, basándose en una decisión anterior de la FLRA, el director regional desestimó las peticiones de la AFGE y la NTEU con el argumento de que los empleados de la TSA no gozan de derechos de negociación colectiva. Cuando el Congreso aprobó la Ley de Seguridad de la Aviación y el Transporte (ATSA) en 2001, se le dio a la agencia la autoridad para determinar las condiciones de empleo "sin perjuicio de cualquier otra disposición de la ley". De conformidad con esa disposición de la ATSA, la agencia emitió un memorando en el que decidía que los inspectores de la TSA no tendrían derecho a participar en la negociación colectiva.
En 2003, el Departamento de Seguridad Nacional, TSA, 59 FLRA 432 (2003), a pesar del disenso del entonces miembro Pope (ahora presidente), la FLRA sostuvo que el Estatuto Federal de Relaciones Laborales y Gerenciales (FSLMRS) permite que los empleados sean representados a los efectos de la “negociación colectiva”, y que un sindicato que obtenga reconocimiento exclusivo para la negociación colectiva obtiene la gama completa de derechos de representación exclusivos bajo el FSLMRS. La FLRA sostuvo además que no había nada en el memorando de la agencia que indicara que la agencia tenía la intención de que un sindicato tuviera menos de los derechos completos otorgados a los representantes exclusivos. Por último, en la decisión de 2003, la FLRA sostuvo que no había evidencia de la intención del Congreso de darle a la FLRA el poder de otorgar el estatus de representantes exclusivos para un propósito distinto al de decidir un representante que no sea para la negociación colectiva – no había un “representante exclusivo híbrido”. Por lo tanto, la decisión de 2003 sostuvo que los inspectores de equipaje de la TSA no tenían derecho a una elección representativa para determinar si los empleados deseaban ser representados por un sindicato. Pero ahora, con el miembro Pope como presidente y al mando de una mayoría, la FLRA ha revocado su decisión de 2003.
La FLRA sostiene ahora que no es necesario que un sindicato reciba efectivamente derechos de “negociación colectiva” para ser certificado como representante exclusivo bajo la FSLMRS. Para llegar a esta conclusión, la Autoridad dijo primero que su enfoque, como lo dicta la FSLMRS, está en los deseos de los empleados, no en los deseos del empleador. Específicamente, la FSLMRS otorga a la FLRA la jurisdicción para realizar una elección cuando el 30 por ciento de los empleados indiquen que desean ser representados a los efectos de la negociación colectiva. La FLRA argumenta que no puede eludir su responsabilidad únicamente porque un empleador no tiene la intención de otorgar derechos de negociación colectiva.
En segundo lugar, la FLRA determinó que, en el presente caso, aparentemente a diferencia de 2003, la agencia no objetó otorgarle a un sindicato el estatus de representante exclusivo, siempre que ese derecho no se extendiera a la negociación colectiva. La FLRA señaló que existen muchas otras funciones del representante exclusivo que no involucran la negociación colectiva. Por ejemplo, existen ciertos derechos de "consulta" separados de los derechos de negociación colectiva; los representantes exclusivos tienen derecho a estar presentes en "discusiones formales" con empleados sobre quejas o condiciones generales de empleo. Además, el representante exclusivo tiene derecho a estar presente en la entrevista de investigación de una agencia a un empleado cuando el empleado crea razonablemente que puede resultar en una sanción disciplinaria y el empleado solicita representación. (Esto a menudo se conoce como una entrevista Weingarten). En resumen, la FLRA concluyó que el representante exclusivo certificado tiene derechos bajo el FSLMRS que no dependen del derecho a negociar acuerdos de negociación colectiva. En consecuencia, la FLRA revocó la decisión de la TSA de 2003 y ordenó al director regional que procesara las peticiones de AFGE y NTEU.
El miembro Beck disintió, diciendo que la FSLMRS no autoriza una elección si el representante exclusivo tiene prohibido participar en negociaciones colectivas. Sigue estando de acuerdo con la decisión central de la FLRA de 2003 en TSA. Es de suponer que el director regional procederá a programar una elección entre los inspectores de equipaje de la TSA en algún momento a principios de 2011. Los inspectores podrían decidir ser representados por AFGE o NTEU, o elegir no ser representados en absoluto.

