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La amenaza de disciplina se considera una represalia

El 16 de diciembre de 2011, la Oficina de Operaciones Federales (OFO) de la EEOC emitió su decisión en Malekpour v. Departamento de Transporte, Apelación EEOC N.º 0720100016. La OFO confirmó la conclusión del juez administrativo de que amenazar a Malekpour con disciplina por negarse a mediar en las reclamaciones asociadas con su queja de EEO constituía una represalia de EEO.

Malekpour era un ingeniero aeroespacial que trabajaba para la Administración Federal de Aviación. Malekpour tuvo una disputa laboral con un compañero de trabajo en octubre de 2007, un problema que modificó en su queja preexistente de acoso por EEO. El 17 de diciembre de 2007, un gerente de la agencia se acercó a Malekpour y le pidió que asistiera a una mediación para intentar resolver los problemas relacionados con el incidente de octubre de 2007. Malekpour se negó, afirmando que no quería resolver ningún problema relacionado con su queja por EEO en esta mediación, que no quería poner en peligro su queja por EEO participando en la mediación y que la gerencia estaba tratando de obligarlo a asistir a la mediación para que pudiera dejar algunos de los asuntos relacionados con su queja por EEO. En respuesta, el gerente le gritó a Malekpour y amenazó con disciplinarlo por negarse a asistir a la mediación. La mediación nunca se llevó a cabo y no se impuso ninguna disciplina a Malekpour. Malekpour más tarde modificó este incidente en su queja preexistente de acoso.

Un juez administrativo de la EEOC rechazó la mayoría de las reclamaciones de Malekpour, pero determinó que el incidente de diciembre de 2007 constituía una represalia contra Malekpour por su actividad protegida en materia de igualdad de oportunidades en el empleo. Como reparación, el juez administrativo ordenó a la agencia que pagara 3,000 dólares en daños compensatorios a Malekpour por el dolor y el sufrimiento emocional. La agencia rechazó la decisión del juez administrativo y apeló ante la OFO.

En apelación, la OFO confirmó la decisión del juez administrativo. La OFO confirmó la conclusión del juez administrativo de que Malekpour había participado en una actividad protegida de la EEO al presentar una denuncia por acoso contra la agencia. La OFO confirmó la conclusión a continuación de que la humillación pública de Malekpour por parte de la gerencia y las amenazas de disciplinarlo por negarse a asistir a la mediación podrían disuadir a un empleado razonable de realizar una actividad protegida de la EEO. Por lo tanto, Malekpour había sufrido un daño que podría dar lugar a una demanda por represalias de la EEO.

Aunque la agencia había articulado una supuesta razón legítima para su conducta (afirmando que la mediación era para resolver problemas en el lugar de trabajo y no bajo los auspicios de la EEO y que Malekpour estaba siendo reprendido para obligarlo a asistir a una conferencia de formación de equipos), la OFO consideró que esa excusa era un pretexto. La OFO señaló específicamente el testimonio que mostraba que la amenaza del gerente de disciplinar a Malekpour se produjo después de que Malekpour hubiera expresado específicamente su preocupación por no querer mediar en sus reclamaciones de EEO. La OFO confirmó además la cantidad de daños compensatorios concedida por el juez administrativo y confirmó las conclusiones del juez administrativo de que no hubo discriminación para el resto de las reclamaciones de Malekpour.