El teletrabajo como adaptación razonable
El 10 de julio de 2007, un juez federal del Distrito de Columbia ordenó al Departamento de Comercio que pagara 303,881 dólares en concepto de reparación adicional a Lisa Bremer, una empleada federal discapacitada que trabajaba en el Departamento de Comercio hasta que el Departamento revocó su derecho a teletrabajar tres días a la semana (Bremer v. Gutierrez, DDC No. 1:03CV01338). En agosto de 2005, un jurado determinó que el Departamento de Comercio discriminó a la Sra. Bremer y violó la Ley de Rehabilitación (el estatuto que protege los derechos de los trabajadores federales con discapacidades) cuando le quitó las adaptaciones razonables y le otorgó 3 millones de dólares en daños compensatorios por angustia emocional y física. Por ley, ese veredicto del jurado se redujo a 300,000 dólares. Después del juicio, el Departamento de Comercio presentó una moción para revocar el veredicto del jurado, pero el juez denegó esa moción.
Aunque el jurado estaba facultado para conceder daños compensatorios, que podrían compensar los efectos de la discriminación, como la angustia emocional, el dolor físico y los gastos de bolsillo, el jurado no tenía la autoridad para decidir una "compensación equitativa". La compensación equitativa puede estar constituida por elementos como la reincorporación, el pago retroactivo, los beneficios atrasados y el pago anticipado, y su concesión está exclusivamente dentro del ámbito de competencia del juez.
Después de que el juez rechazara la moción del Departamento de Comercio de dejar sin efecto el veredicto del jurado, el abogado de Bremer presentó una moción de reparación equitativa. Bremer solicitaba el pago retroactivo de los salarios y beneficios, desde el momento en que se vio obligada a solicitar la jubilación por discapacidad hasta la fecha del veredicto del jurado (dos años y diez meses después), así como el pago anticipado. Además del salario perdido, los beneficios que Bremer solicitaba incluían las vacaciones anuales perdidas y el valor de las contribuciones de la agencia a su Plan de Ahorro para la Jubilación si hubiera seguido empleada por la agencia, todo ello con intereses.
El Departamento de Comercio se opuso a conceder a la Sra. Bremer una reparación equitativa, argumentando que la Sra. Bremer renunció “voluntariamente” a su puesto al solicitar la jubilación por discapacidad. El juez no estuvo de acuerdo y sostuvo que se presumía que la Sra. Bremer tenía derecho a recibir los salarios y beneficios retroactivos porque el jurado determinó que había sido discriminada. Sin embargo, el juez no le concedió el pago anticipado porque la Sra. Bremer podría haber seguido buscando empleo después de su jubilación por discapacidad. Luego, el juez ordenó al abogado de la Sra. Bremer que presentara una propuesta de orden sobre el monto de los salarios y beneficios retroactivos que la Sra. Bremer tenía derecho a recibir del Departamento de Comercio.
Tras recibir la orden propuesta por parte del abogado de la Sra. Bremer, acompañada de la opinión pericial de un economista, el juez ordenó un pago adicional de 303,881 dólares para compensar a la Sra. Bremer por los salarios atrasados y los beneficios que perdió porque no pudo trabajar después de que el Departamento de Comercio se negara a seguir acomodándolos por su esclerosis múltiple. La parte de la orden correspondiente a los salarios atrasados ya estaba compensada por la cantidad que la Sra. Bremer recibió en concepto de pagos de pensión por discapacidad.
En total, como consecuencia de su acto discriminatorio de revocar la adaptación parcial para que Bremer pudiera trabajar desde su casa, el Departamento de Comercio ahora debe pagarle a Bremer más de $600,000. Se espera que el abogado de Bremer le pida al juez que ordene al Departamento de Comercio que reembolse a Bremer los honorarios y costos legales en los que incurrió para llevar este asunto ante la justicia.
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