MSPB encuentra violación de la Ley Hatch
En Special Counsel v. Wilkinson, MSPB Docket No. CB-1216-06-0006-T-1 (14 de diciembre de 2006), la Junta revocó la decisión recomendada por un juez administrativo que determinó que el demandado no violó la Ley Hatch y denegó la solicitud de la Oficina del Asesor Especial de una medida disciplinaria. La Junta determinó que el demandado violó la Ley Hatch y remitió la apelación al ALJ para que determine la sanción apropiada.
La Ley Hatch, que se encuentra en 5 USC §§ 7321 – 7326, impone restricciones sobre cómo, cuándo y de qué manera un empleado del gobierno federal puede participar en actividades políticas. La Oficina del Asesor Especial (OSC, por sus siglas en inglés) se encarga de hacer cumplir las infracciones de la Ley Hatch y la Junta de Protección de Sistemas de Mérito (MSPB, por sus siglas en inglés) se encarga de juzgar los cargos.
En septiembre de 2004, un empleado federal de carrera de la Agencia de Protección Ambiental (EPA), mientras estaba de servicio y en una oficina del gobierno, utilizó su computadora del gobierno para enviar una carta del presidente del Comité Nacional Demócrata (DNC) por correo electrónico a tres grupos de correo electrónico de la EPA, lo que dio como resultado que 31 empleados de la EPA recibieran el correo electrónico. La carta alentaba a los lectores a tomar medidas inmediatamente después de un debate de las elecciones presidenciales de 2004 para apoyar al candidato presidencial demócrata John Kerry.
La OSC presentó una queja ante la MSPB alegando que el empleado de la EPA había violado 5 USC § 7324(a)(1) y 5 CFR § 734.306(a)(1) al participar en una actividad política mientras estaba de servicio y había violado 5 USC § 7324(a)(2) y 5 CFR § 734.306(a)(3) al participar en la actividad política mientras estaba en una oficina gubernamental. El juez de derecho administrativo (ALJ) emitió una decisión recomendada que concedía la moción del empleado para un juicio sumario. La decisión del ALJ se basó en gran parte en la conclusión de que la definición de "actividad política" según 5 CFR § 734.101 era demasiado amplia y, por lo tanto, no ameritaba mucha consideración.
En Wilkinson, debido a que las partes no estaban en desacuerdo sobre los hechos del caso, la cuestión principal era si el acto del empleado de enviar la carta del DNC a 31 empleados de la EPA constituía una “actividad política”. La Junta determinó que la Ley y sus reglamentos acompañantes definían la “actividad política” como “una actividad dirigida al éxito o al fracaso de un partido político, candidato a un cargo político partidista o grupo político partidista”, incluida la participación activa en la gestión política o en una campaña política. La Junta sostuvo que la carta del DNC constituía literatura de campaña porque tenía como objetivo alentar a los lectores a actuar en pos de la elección de un candidato a un cargo político partidista, y consideró que la difusión de la carta del DNC por parte del empleado era una distribución de literatura de campaña, que a su vez constituía “actividad política” según la Ley Hatch.
La Junta concluyó además que, si bien la Sección 7323(c) puede interpretarse para permitir que un empleado del gobierno en funciones o en un edificio u oficina del gobierno exprese sus opiniones sobre temas y candidatos políticos, el correo electrónico del empleado fue simplemente una expresión implícita de su opinión porque, entre otras cosas, reenvió la carta del DNC sin ningún comentario propio adjunto. Además, la Junta devolvió el caso al ALJ para que determine la sanción por las violaciones del empleado. La Junta aconsejó al ALJ que no considerara a los efectos de mitigación la afirmación del empleado de que estaba confundido acerca de la información contenida en un Memorando Asesor de la Ley Hatch porque cualquier confusión podría haberse resuelto pidiendo la opinión de la OSC sobre la permisibilidad de reenviar la carta del DNC por correo electrónico.
Las consecuencias que pueden derivarse de una violación de la Ley Hatch son bastante graves. La Ley Hatch prevé una presunta sanción de destitución por una violación de la Ley, a menos que la Junta determine por unanimidad que la violación no justifica la destitución, en cuyo caso la Junta puede imponer una sanción de no menos de 30 días de suspensión sin goce de sueldo. Además, un empleado puede ser excluido del empleo federal por un período de tiempo.
Si no está seguro de si una actividad en particular es “política”, debe realizar una consulta sobre sus circunstancias específicas a la Oficina del Asesor Especial, en línea en: https://www.gelawyer.com/wp-contentwww.osc.gov/hatchact.htm.
Este artículo también aparece en FEDweek (www.fedweek.com), un boletín semanal para empleados federales.

