Modificación del horario de trabajo como adaptación razonable
En Boozer v. US Postal Service, Apelación EEOC No. 0120060283 (24 de julio de 2007), la Comisión para la Igualdad de Oportunidades en el Empleo (EEOC o Comisión) sostuvo que un horario de trabajo modificado relacionado con el viaje de un empleado al trabajo puede constituir una adaptación razonable conforme a la Ley de Rehabilitación de 1973, con sus modificaciones.
La demandante era una empleada del Servicio Postal de Estados Unidos (USPS) a quien, tras sufrir un derrame cerebral, le diagnosticaron dos afecciones del oído interno que, al agravarse, provocaron diversos problemas, como mareos, náuseas, caídas, patrones de sueño irregulares e incapacidad total. La empleada solicitó que se modificara su horario de trabajo para no trabajar después de las 8:00 p. m., como recomendó su médico. La agencia denegó esta solicitud basándose en su propia conclusión de que la empleada no cumplía con los requisitos legales para determinar su elegibilidad para una adaptación razonable porque su condición médica no limitaba sustancialmente ninguna actividad importante de su vida. La empleada presentó una queja formal por discriminación y luego solicitó una audiencia ante un juez administrativo de la EEOC.
El juez administrativo de la EEOC emitió una decisión sin audiencia en la que no encontró que existiera discriminación por parte de la agencia. En la decisión, el juez determinó, entre otras cosas, que la empleada no tenía derecho a un horario de trabajo restringido a las horas diurnas porque tal adaptación habría estado relacionada con el viaje de la empleada al trabajo, pero no con las funciones esenciales de su trabajo. La agencia emitió una medida final en la que adoptó la decisión del juez administrativo.
En la apelación de la acción final de la agencia, la Comisión hizo dos importantes conclusiones jurídicas. Citando su jurisprudencia anterior, la EEOC concluyó que un horario modificado, como por ejemplo el horario diurno, podría ser una adaptación razonable. Véase el Aviso N.º 915.002 de la EEOC en las páginas 34-35 (10/17/02). Además, la EEOC indicó que si una modificación del horario supone una carga excesiva para la agencia, el empleador debe considerar la reasignación a un puesto vacante que permita al empleado trabajar durante las horas solicitadas. Finalmente, la Comisión anuló la acción final de la agencia y remitió el asunto a una audiencia ante un juez administrativo para que la demandante demuestre que está sustancialmente limitada en sus actividades principales de la vida.

