Elegibilidad para puestos sensibles
En Crumpler v. Department of Defense, 2009 MSPB 224 (2 de noviembre de 2009), la Junta de Protección de Sistemas de Mérito (Junta) determinó que la regla en Department of the Navy v. Egan, 484 US 518, 530-31 (1988), que limita el alcance de la revisión de la Junta de una remoción basada en la revocación de una autorización de seguridad también se aplica a una remoción de un puesto "sensible no crítico" basada en la inelegibilidad del empleado para acceder a información clasificada.
En el caso Egan, la Corte Suprema determinó que la Junta carece de autoridad para revisar los méritos de la decisión de una agencia de negar una autorización de seguridad a un empleado. El caso Egan involucraba a un empleado que fue contratado para un puesto designado como “sensible” por la agencia y requería el mantenimiento de una autorización de seguridad. Egan no mantuvo una autorización de seguridad y, como resultado, ya no era elegible para el puesto. La agencia destituyó a Egan del servicio. El tribunal de Egan basó su decisión en la autoridad constitucional conferida al Presidente para clasificar qué información se relaciona con la seguridad nacional y determinar quién es satisfactoriamente confiable para ocupar un puesto en el Poder Ejecutivo que dé acceso a dicha información. Egan estableció que la revisión de la Junta se limitó a determinar si la agencia podía cumplir con su carga de probar que el puesto del empleado requería una autorización de seguridad, el empleado no era elegible para una autorización de seguridad, la transferencia a un puesto no sensible no era factible y la agencia siguió los requisitos procesales legales para procesar una acción de destitución.
Crumpler era empleada de tienda en un economato. La agencia designó el puesto de empleada de tienda como de nivel de sensibilidad no crítico (el más bajo de los tres niveles de sensibilidad). Para ocupar este puesto, la agencia determinó que la empleada tenía que ser elegible para acceder a información clasificada. Posteriormente, la agencia destituyó a la apelante de su puesto debido a su inelegibilidad para acceder a información clasificada.
La Junta determinó que el razonamiento en el caso Egan se aplica a cualquier criterio de elegibilidad de acceso que una agencia elija imponer. Aunque el tribunal de Egan determinó claramente que la revisión limitada de la Junta requería una determinación de que el puesto del empleado requería una autorización de seguridad y que dicha autorización había sido revocada o denegada, la decisión de Crumpler consideró irrelevante que el puesto del apelante no requiriera una autorización de seguridad. En cambio, respaldó una definición amplia del término “autorización de seguridad” para incluir cualquier investigación a la que un empleado deba someterse y cumplir para ocupar un puesto que se considere un riesgo para la seguridad nacional.
La decisión Crumpler defiende la tesis de que, incluso cuando no se requiere una autorización de seguridad para un puesto, el Poder Ejecutivo del gobierno tiene autoridad irrevisable para designar puestos como sensibles y decidir si los empleados son elegibles para dichos puestos. Por lo tanto, la Junta solo puede revisar la legitimidad del proceso, y no las razones, por las cuales se despide a un empleado por no mantener la elegibilidad para un puesto sensible.

