Discriminación por edad y actividades sindicales
Miércoles, junio 11, 2008
Recientemente, la Autoridad Federal de Relaciones Laborales (FLRA, por sus siglas en inglés) confirmó la decisión de un árbitro que determinó que se había producido discriminación debido a las actividades sindicales protegidas y a la edad en el caso Oficina de Imprenta del Gobierno de los Estados Unidos (GPO, por sus siglas en inglés) contra la Hermandad Internacional de Trabajadores de la Electricidad (IBEW, por sus siglas en inglés), Local 121, 62 FLRA No. 80 (14 de mayo de 2008), y otorgó al demandante un ascenso retroactivo con pago retroactivo y honorarios de abogado al sindicato. El árbitro señaló que al demandante, un delegado sindical, se le había negado un ascenso a un puesto de líder de electricistas después de haber presentado numerosas quejas y reclamos de igualdad de oportunidades en el empleo, y se le había otorgado una calificación de desempeño inferior “para hacer menos viable la candidatura [del demandante] para el ascenso y para tomar represalias por sus impugnaciones protegidas a la autoridad supervisora”. El árbitro rechazó las razones alegadas por la agencia para no seleccionar al demandante y las consideró un pretexto para una discriminación ilegal, ya que había servido como líder electricista interino en el pasado sin incidentes.
El árbitro determinó que el demandante poseía varias cualidades que lo convertían en un mejor candidato que el candidato seleccionado, ya que tenía más experiencia relevante y muchos certificados de electricista maestro, mientras que el candidato seleccionado no poseía ninguno, y dio crédito al testimonio de un testigo experto del Washington Post. Al determinar que la discriminación por edad violaba la Ley de Discriminación por Edad en el Empleo (ADEA), el árbitro también sostuvo que el candidato seleccionado más joven no estaba tan bien calificado y observó un patrón de selecciones de empleados más jóvenes. La FLRA denegó las excepciones de la GPO en su decisión, determinando que el laudo del árbitro no violaba el derecho de la gerencia a hacer selecciones, no era incompatible con la Ley de Pago Retroactivo, no era contrario a la ley al determinar que hubo discriminación basada en las calificaciones del demandante, no era contrario a las Reglas Federales de Evidencia, el árbitro no excedió su autoridad y el laudo no se basó en hechos que no eran ciertos.
La decisión de la FLRA es importante porque confirmó una rara conclusión de un árbitro sobre ánimo antisindical en violación de 5 USC 7116(a)(2). El árbitro también encontró que había evidencia sólida de discriminación por edad: “la evidencia del expediente respalda la inferencia de que la edad jugó un papel significativo en la decisión de promover al hombre mucho más joven. Como testificó el presidente del sindicato ___ sin mucha contradicción, de los 12 puestos de líder electricista en la rama eléctrica de la Agencia que se han cubierto en los últimos 25 años, ninguno tenía más de 50 años de edad, y la tendencia a seleccionar candidatos más jóvenes se había acelerado. … [Los funcionarios de la Agencia] interrogaron al agraviado sobre sus planes de jubilación y su interés en aceptar una “compra” de la Agencia. Deduzco de tales indagaciones durante el período en que la selección para el ascenso estaba pendiente que [el capataz] estaba interesado en que el [agraviado] elegible para la jubilación simplemente desapareciera”.
El sindicato estuvo representado por un director fundador de Gilbert Employment Law, PC.

