El ejército es considerado responsable de acoso sexual
La Oficina de Operaciones Federales de la EEOC sostuvo que el Departamento del Ejército era responsable de acoso sexual cuando no tomó medidas para remediar el acoso sexual contra una empleada de Ft. Polk, La. Tracy L. Laventure contra el Departamento del Ejército, Apelación de la EEOC N.º 0120082569 (9/2/11). En una apelación de una decisión de la agencia emitida sin una audiencia, la Comisión sostuvo que Laventure y otras personas fueron sometidas a acoso sexual por parte de una supervisora.
La decisión determinó que las acciones del supervisor fueron lo suficientemente graves o generalizadas como para alterar las condiciones de empleo sin culminar en una acción laboral tangible. Se aplicó el criterio de responsabilidad por acoso del supervisor porque el supervisor era responsable de evaluar el desempeño de Laventure y de proporcionarle orientación sobre las tareas que debía realizar para otro supervisor.
La Comisión determinó que el Ejército estaba al tanto de los incidentes, pero no tomó ninguna medida correctiva, aunque una investigación interna realizada por el comandante adjunto de enfermería formuló recomendaciones para remediar el ambiente de trabajo hostil. La EEOC señaló que el expediente respaldaba la afirmación de Laventure de que tuvo que solicitar un traslado involuntario para escapar de las condiciones de trabajo intolerables, y sostuvo que una denunciante que alega acoso no debería ser transferida involuntariamente porque podría constituir una represalia. Si bien encontró discriminación sexual, la Comisión no encontró evidencia de discriminación racial debido a la falta de pruebas de que el supervisor hiciera comentarios raciales a Laventure o sobre ella, o sobre los caucásicos en general.
Como solución, la EEOC ordenó a la agencia que reintegrara retroactivamente a Laventure a su puesto anterior o a un puesto sustancialmente equivalente bajo una supervisión diferente y que realizara una investigación complementaria sobre los daños compensatorios. Además de la capacitación, la Comisión recomendó que la agencia tomara “medidas disciplinarias apropiadas” contra el supervisor infractor y que informara sobre las medidas disciplinarias que tomara y, en caso contrario, que “expusiera el motivo o los motivos de su decisión de no imponer medidas disciplinarias”.

