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La OPM promueve las facultades de contratación del Anexo C ante las agencias

by | 21 de abril de 2025 | Rincón Jurídico Federal

El 10 de abril de 2025, la Oficina de Administración de Personal (OPM) emitió una memorando recordando a las agencias las diversas flexibilidades de la legislación de personal asociadas con los empleados de servicios exceptuados del Anexo C. 

El Anexo C es una categoría de empleados de servicios exceptuados según 5 CFR §§ 213.3301 (que cubre las citas regulares del Anexo C), 213.3302 (que abarca una autoridad adicional para los nombramientos del Anexo C con fines de transición durante el primer año de una nueva administración presidencial). El Anexo C consiste en “cargos de carácter confidencial o determinante de políticas”. Bajo la administración Biden, la OPM implementó una definición más específica de lo que constituye un cargo de “carácter confidencial o determinante de políticas”. 5 CFR § 210.102(b)(4);la actual administración Trump en Orden Ejecutiva 14,171 declaró la definición más específica “inoperante y sin efecto”, en espera de los procedimientos de reglamentación de la OPM para rescindir formalmente la definición, como se discutió anteriormente en este blog, aunque esa declaración es en litigio A la fecha de este blog. Sin embargo, generalmente, el Anexo C se utiliza para ciertas categorías de nombramientos políticos de alto nivel en agencias federales. según la OPM Por lo general, se encuentran en el nivel GS-15 o superior y, en consecuencia, se enumeran en la “Libro de ciruelas.” Los nombramientos del Anexo C no son competitivos (aunque, como lo enfatiza el memorando, se supone que dichos nombramientos deben coordinarse con la Casa Blanca y la OPM), y los empleados del Anexo C no tienen derechos de apelación ante la MSPB por acciones adversas. 

En su nuevo memorando, la OPM destacó específicamente la flexibilidad de las facultades de nombramiento del Anexo C para que los jefes de agencia fijen los salarios y la frecuencia de los aumentos salariales de los designados del Anexo C (hasta los topes salariales aplicables establecidos por ley). La OPM sugirió que los jefes de agencia consideren revisar y posiblemente retirar cualquier delegación de autoridad a sus oficinas de recursos humanos para establecer políticas de contratación del Anexo C o la fijación de salarios dentro de su agencia, lo que otorgaría dicha autoridad personalmente al jefe de agencia.  

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