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Noticias de la Corte Suprema: Interpretación de la Ley de Discriminación por Embarazo

by | 30 de marzo de 2015 | Noticias de la Corte Suprema

Noticias de la Corte Suprema: En una decisión dividida por 6-3, la Corte Suprema se negó a seguir la guía de la EEOC para acomodar a las empleadas embarazadas que buscan adaptaciones para tareas livianas. Young contra United Parcel Service, ___ A NOSOTROS ____, No. 12-1226 (3/25/15). La Corte Suprema sostuvo que UPS no tenía que ofrecer tareas livianas a las empleadas embarazadas, aunque luego cambió su política para hacerlo. Sin embargo, las empleadas embarazadas aún pueden alegar discriminación, pero tendrán que demostrar que la supuesta razón comercial legítima del empleador fue un pretexto para la discriminación.

La demandante, Young, era conductora de UPS a tiempo parcial a la que se le exigía que levantara 70 libras según la política de UPS, pero su médico le había limitado el peso a 20 libras. Como resultado, pasó la mayor parte de su embarazo en casa sin cobrar. Alegó que la falta de adaptación a su restricción de levantamiento relacionada con el embarazo era discriminatoria, mientras que a otros empleados con restricciones médicas se les acomodó. La Sra. Young perdió en un juicio sumario tanto en el tribunal de distrito como en el de apelaciones, ya que los tribunales inferiores sostuvieron que las empleadas no embarazadas no estaban en una situación similar.

La Corte Suprema revocó la sentencia sumaria y remitió el caso al tribunal de distrito para que determine si UPS proporcionó un trato más favorable a algunas empleadas no embarazadas en situación similar. Los jueces disidentes argumentaron que “si a una mujer embarazada se le niega una adaptación en virtud de una política que no discrimina contra el embarazo, se la ha 'tratado igual' que a todos los demás. La decisión de la Corte Suprema también es aplicable al sector federal, que debe cumplir con la Ley contra la Discriminación por Embarazo.

Si usted es un empleado federal con una queja de discriminación, y desea analizar sus derechos, considere comunicarse con [nap_names id=”FIRM-NAME-6″] y [nap_names id=”FIRM-NAME-4″], PC para Solicitar una consulta inicial.