Novedades en la EEOC: El 19 de febrero de 2015, la Oficina de Operaciones Federales (OFO) de la EEOC emitió su decisión en Meyer et al. contra el Departamento de Estado, Solicitud de la EEOC N.º 0520140506. La OFO confirmó la certificación colectiva de un reclamo contra el Departamento de Estado (Agencia) por presunta discriminación por discapacidad en la contratación para puestos del Servicio Exterior.
Las denuncias por discriminación en acciones colectivas difieren en cuanto al procedimiento de las denuncias por discriminación individual. Como explica la EEOC:
Para las quejas colectivas, existe un proceso de cuatro etapas. La primera etapa es la Establecimiento de una demanda colectiva. En esta etapa, el agente de la demanda colectiva es Se requiere buscar asesoramiento de un consejero de EEO de la agencia. El segundo etapa es una determinación de un Juez Administrativo de Comisión, sujeto a la acción final de la agencia, en cuanto a si certificar la queja como una demanda colectiva Acción. La tercera etapa, suponiendo que la denuncia haya sido certificada como Una demanda colectiva implica una decisión recomendada por una autoridad administrativa. Juez sobre los méritos de la demanda colectiva, sujeto a la acción final de la agencia en forma de decisión final. La cuarta etapa, donde se ha producido una La constatación de discriminación basada en la clase es la determinación de las reclamaciones. para el alivio de los miembros individuales de la clase.
MD-110, Cap. 8, § I.
La Meyer La demanda colectiva alega que la Agencia incurrió en discriminación por discapacidad al contratar para puestos de carrera en el Servicio Exterior. En concreto, la Agencia supuestamente se negó a contratar a personas discapacitadas que no recibieran una autorización médica de “Clase 1 - Autorización ilimitada para asignación en todo el mundo”, o bien retrasó las contrataciones de los solicitantes a la espera de recibir una exención de la Agencia para esta autorización de “Clase 1”. Esta política de la Agencia supuestamente violó la Ley de Rehabilitación al no realizar ninguna evaluación individualizada de posibles adaptaciones razonables para las discapacidades de los solicitantes, lo que abarca todas las denegaciones de autorizaciones de “Clase 1” desde octubre de 2006 hasta la actualidad.
El 19 de febrero de 2015, la OFO concluye la "segunda etapa" de su proceso de demanda colectiva. La agencia de demanda colectiva Meyer inició una demanda individual de EEO en noviembre de 2006 y luego solicitó la certificación colectiva en 2008. Un juez administrativo de la EEOC certificó la demanda colectiva. En 2010, la Agencia emitió su decisión final rechazando la certificación colectiva. Meyer luego apeló a la OFO. En una decisión emitida por la Secretaría Ejecutiva (es decir, emitido directamente por los Comisionados de la EEOC en lugar de por el personal de la OFO), la EEOC revocó la decisión final de la Agencia y certificó la clase. Meyer et al. contra el Departamento de Estado, Apelación de la EEOC N.º 0720110007 (6 de junio de 2014). La Agencia solicitó entonces una reconsideración. En respuesta a la solicitud de reconsideración, la OFO confirmó la decisión anterior y determinó que la Agencia no había planteado nuevos argumentos que justificaran la reconsideración. En consecuencia, la OFO remitió el caso a un juez administrativo para la tercera etapa (determinación de méritos).
La clase en Meyer está representado por [nap_names id=”FIRM-NAME-6″] y [nap_names id=”FIRM-NAME-4″] el director fundador Joseph V. [nap_names id=”FIRM-NAME-4″] y por Bryan Schwartz Law.
Si usted es un empleado federal con una queja de discriminación, y desea analizar sus derechos, considere comunicarse con [nap_names id=”FIRM-NAME-6″] y [nap_names id=”FIRM-NAME-4″], PC para Solicitar una consulta inicial.

