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Avances en la OSC: se resuelve caso de contratación PPP

by | 30 de octubre de 2013 | Novedades en la OSC

Novedades en la OSC: El 29 de octubre de 2013, la Oficina del Asesor Especial de los Estados Unidos (OSC) anunció la resolución de una queja contra la Oficina de Patentes y Marcas de los Estados Unidos (PTO) por mala conducta en el proceso de contratación.

La OSC tiene jurisdicción para hacer cumplir las quejas de empleados federales sobre prácticas de personal prohibidas (PPP), que se enumeran en 5 USC § 2302(b). Varias de las PPP se aplican al proceso de contratación federal. Según 5 USC § 2302(b)(4), un empleado federal no puede “engañar u obstruir deliberadamente a ninguna persona con respecto al derecho de dicha persona a competir por un empleo”. Según 5 USC § 2302(b)(5), un empleado no puede “influir en ninguna persona para que se retire de la competencia por un puesto con el propósito de mejorar o perjudicar las perspectivas de empleo de cualquier otra persona”. Finalmente, 5 USC § 2302(b)(6) prohíbe “otorgar cualquier preferencia o ventaja no autorizada por ley, regla o regulación a cualquier empleado o solicitante de empleo […] con el propósito de mejorar o perjudicar las perspectivas de empleo de cualquier persona en particular”.

En este caso, el empleado, un veterano militar discapacitado con una preferencia de contratación federal de “10 puntos”, había solicitado un puesto de PTO. El supervisor de PTO que era el funcionario de selección para el puesto se puso en contacto con el empleado y lo animó a retirar su solicitud. Cuando la solicitud fue retirada, el supervisor seleccionó a un conocido no veterano para el puesto. El empleado presentó una queja de PPP ante la OSC. Si bien en los últimos años la OSC solo ha seleccionado aproximadamente el 10% de las quejas de PPP que recibe para su investigación, la OSC decidió investigar este caso y “la PTO trabajó rápidamente con la OSC para resolver el asunto”. El acuerdo de conciliación otorgó $29,000 al empleado que presentó la queja. Además, la PTO acordó suspender al supervisor durante 7 a 14 días.

Si usted cree que ha sido objeto de cualquier práctica personal prohibida, por favor póngase en contacto con [nap_names id=”FIRM-NAME-6″] y [nap_names id=”FIRM-NAME-4″] para Solicitar una consulta inicial.